Ayuda comedor escolar 2021-2022

  Adjunto se acompaña la Resolución de 9 de junio de 2021 del Conseller de Educación, por la que se convoca la concesión de ayudas de comedor escolar en centros sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2021-2022 (DOGV núm. 9106, 14.06.2021) con segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria, así como en centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat y el tercer nivel de Infantil de primer ciclo de los centros de titularidad de la Generalitat que participan en el programa de incorporación del nivel 2 a 3 años.

  • • Serán personas beneficiarias directas:
  • El alumnado de 2º ciclo de Infantil, Primaria o ESO de centros de la Generalitat escolarizados obligatoriamente en otro municipio diferente al de su residencia por inexistencia de oferta educativa;
  • ✓ El alumnado de centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat
  • El alumnado en acogida familiar o residencia, así como los descendientes de familias acogedoras.
  • Descendientes de víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo.
  • ✓ El alumnado destinatario de la renta valenciana de inclusión.
  • El resto del alumnado podrá obtener la ayuda con carácter asistencial según la renta anual per cápita de la unidad familiar y las circunstancias sociofamiliares especiales existentes, que pueden ser: matricula en centros de acción educativa singular; desempleo de ambos padres sin percibir prestación por este concepto; persona refugiada; familia monoparental; toxicomanía, alcoholismo o presidio de alguno de los padres; familia numerosa; diversidad funcional de algún miembro de la unidad familiar en un porcentaje igual o superior al 33%, y orfandad absoluta. En ningún caso podrá superar los 20 puntos.

El plazo ordinario de presentación de la solicitud (Anexo I de la resolución) será desde mañana hasta la finalización del periodo de formación de la matrícula, y las resoluciones se publicarán en el plazo máximo de seis meses desde la presentación de la solicitud, siendo desestimatorio el silencio administrativo. Sin perjuicio de lo cual, la Dirección Territorial de Valencia remitirá a cada centro educativo la resolución en que se incluirá el listado de personas beneficiarias con la indicación de la cuantía asignada que se deducirá del coste mensual.

En caso de ser beneficiario, el alumnado percibirá el módulo por día siguiente: hasta 4,25 € para Infantil, Primaria y ESO; hasta 5,44 € para Educación Especial; y hasta 12,25 € para Escuela-hogar.

 

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